Ir al contenido principal

ORDENANZA 1-98


Modifica los Arts. 51, 68,69 y 70  de la Ordenanza 1-96. Sobre el Sistema de Evaluación del Curriculum de la Educación Inicial,Básica ,Media,Especial y de Adultos

Art. 1- Se modifica el Art. 51  Repetirá el grado el o la alumno(a) que al finalizar el grado escolar haya acumulado más del 20%  de inasistencia a clases sin causas justificadas, las cuales se especifican en el Párrafo 1 de dicho artículo, para adicionar un segundo párrafo que dice.
Párrafo 2: En los casos de los centros nocturnos se consideran causas justificadas de inasistencia a clases, los asuntos concernientes al horario de trabajo de los /las estudiantes debidamente comprobados por el /la directora del Centro.

Art. 2-  El art. 68 queda modificado de la sgte forma: Sera promovido (a) al grado inmediato superior, el /la estudiante que haya reprobado hasta dos (2) asignaturas del grado las cuales podrán ser del 1er y 2do. Semestre y deberán ser aprobadas antes de finalizar el grado al cual fue promovido.
Párrafo 1- Los estudiantes promovidos de un grado a otro con asignaturas pendientes (reprobadas), tendrán dos oportunidades de presentar las mismas una al terminar el primer semestre y la otra al finalizar el segundo semestre. Si reprueba una de las asignaturas en esta última oportunidad repetirá el grado que está cursando, manteniendo bajo la misma condición las asignaturas pendientes de aprobación.

Párrafo 2: Los estudiantes de 4to. Grado del Nivel Medio que son promovidos con asignaturas pendientes tendrán las mismas oportunidades que los estudiantes de los demás grados. Al finalizar el primer  y segundo semestre  académico del próximo año escolar en la fecha establecida para dichas pruebas.
Párrafo 3: Las asignaturas y/o áreas reprobadas serán examinadas como asignaturas pendientes y tendrán un valor del 100% y una calificación mínima aprobatoria del 70 ptos, también podrán ser cursadas mediante tutorías conforme a la Resolución No. 166-97.

Art. 3. Modifica el Art. 69 Ord,. 1-96 Repetirá el grado ella estudiante que después de presentarse a Pruebas Extraordinarias haya reprobado tres (3) o más asignaturas y/o áreas del mismo grado, incluyendo las reprobadas por inasistencia.

 Art. 4. Suprime el art. 70 de la Ord. 1-96 y se inserta un nuevo contenido referido a los estudiantes libres:
Art. 70 de la-Ordenanza 1`96. Los estudiantes libres seguirán el mismo régimen de semestres que establece la Ordenanza No. I ’95 y deben presentar las mismas asignaturas o áreas establecidas en el Plan de Estudio de la Modalidad General

  Párrafo I- La valoración del rendimiento educativo será traducida a calificación  utilizando la escala numérica de O a 100 puntos; la que se obtendrá como resultado de la calificación de la prueba de fin de semestre, con un valor del 100%.

  Párrafo 2.- La calificación mínima aprobatoria es 70 puntos y estos estudiantes tendrán las mismas oportunidades de exámenes que los estudiantes regulares.

  Párrafo 3. Los estudiantes que, por efecto de convalidación de estudios, quedaron con asignaturas/áreas  pendientes de aprobación en distintos cursos, caen  en la categoría de estudiantes libres en lo que concierne a estas asignaturas. Por tanto deben realizar su matriculación en los liceos, en las fechas señaladas en el calendario escolar para regularizar su situación académica También aplica para ellos la Resolución sobre tutoría No.16627.


Comentarios

Entradas más populares de este blog

LEY DE PARKINSON (CYRIL NORTHCOTE PARKISON-1957)

Esta ley afirma  que el trabajo se expande hasta llenar el tiempo disponible para que se termine. Es una de las leyes más conocidas y aplicadas en la administración del tiempo. Esto significa que si te das una semana para completar una tarea de dos horas, entonces la tarea aumentará en complejidad y menos motivante para llenar esa semana. Incluso es posible que el tiempo extra no se dedique a trabajar, sino con estrés y tensión. Parkinson observó esta tendencia durante su estancia en el Servicio Civil Británico. Se dio cuenta que a medida que se expandía la burocracia, se volvía más ineficiente y lo observó en otra variedad de circunstancias; a medida que algo aumentaba, disminuía su eficiencia. Encontró que incluso tareas sencillas aumentaban en complejidad si aumentaba el tiempo para terminarlas. Por el contrario, a medida que el tiempo definido para terminarlas disminuía, la tareas era más sencilla de terminar.

PERFIL DEL DOCENTE PARA EL SIGLO XXI

La relación entre maestro y alumno debe ser una relación liberadora, que se da cuando se comparten conocimientos y herramientas útiles y trascendentales para la vida; un maestro puede transmitir a sus alumnos el amor por la materia que imparte, el amor por la investigación, por el trabajo, por la riqueza de las relaciones de los demás, por la vida y sobre todo, por el descubrimiento y la construcción de sí mismo. Este aprendizaje se da en la relación interpersonal con los padres, en primer lugar, y en segundo término en la relación significativa y profunda con otros adultos y compañeros de escuela. Es aquí donde resulta fundamental el papel del auténtico maestro comprometido con una educación para la vida. El perfil de los maestros que pueden lograr la transformación que nuestros tiempos demandan, exige un alto compromiso hacia ellos mismos y hacia la comunidad educativa, exige una opción de vida y una jerarquía de valores orientada a lo humano y a la construcción de una sociedad ...